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Facturación Electrónica: No habrá aplazamientos tci facturacion

Redacción Peru.com 07.05.2018 / 17:43 PM

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El pasado 26 de abril, TCI – Transporte Confidencial de Información y la Cámara de Comercio Americana del Perú (AmCham Perú) organizaron el tercer encuentro de facturación electrónica en el Swissotel Lima con la finalidad de continuar contribuyendo con la masificación del proceso electrónico. tci facturacion

Este desayuno de trabajo contó con la participación de Carlos Drago Llanos, director del Programa de Transformación Digital, y Renzo Alcántara, gerente general de TCI, quienes conversaron sobre la obligatoriedad del nuevo de modelo de emisión Operador de Servicios Electrónicos, implementación del formato UBL 2.1, uso del código QR y otras regulaciones de Sunat.

Durante el evento, Drago mencionó que el modelo de Operador de Servicios Electrónicos que se encargará de comprobar y autorizar la emisión de los comprobantes electrónicos será obligatorio a partir del mes de agosto.

“Por lo que, los contribuyentes obligados en agosto deben contar con un operador, mientras que los actuales emisores deberán esperar la publicación de la norma en mayo para conocer su fecha de obligatoriedad” enfatizó. Además, aseguró, que el portal de Sunat seguirá funcionando para las pequeñas y microempresas pero se establecerán límites por la cantidad de comprobantes.

Por su parte, Renzo Alcántara afirmó que la arquitectura de su solución de Operador de Servicios Electrónicos, VelOSE, se encuentra en IBMcon la finalidad de brindar un servicio escalable a sus clientes, con respuestas rápidas y seguras evitando problemas como demoras en el otorgamiento de los comprobantes, retraso en las cobranzas, en los procesos de cierre del mes y demoras en los despachos.

Cabe mencionar que, los contribuyentes obligados en mayo son los proveedores del Estado con ingresos iguales o superiores a 150 UIT, exportadores con ingresos iguales o mayores a 75 UIT hasta diciembre del 2016, los inscritos en el Registro de Insumos Químicos y Bienes Fiscalizados, y más de 11 mil contribuyentes de la lista de obligatoriedad.

Facturación Electrónica

 

Facturación Electrónica

Concepto

Es el tipo de comprobante de pago denominado FACTURA, emitido a través del sistema de emisión electrónica desarrollado desde los sistemas del contribuyente. Mediante el Sistema de Emisión Electrónica desde los sistemas desarrollados por el contribuyente, se emiten también las Notas de Débito y Crédito vinculadas a la Factura Electrónica desde el Contribuyente.

Características

  1. La emisión se realiza desde los sistemas desarrollados por el contribuyente, por lo que no necesita ingresar a la web de la SUNAT.
  2. Es un documento electrónico que tiene todos los efectos tributarios del tipo de comprobante de pago FACTURA (sustenta costo, gasto, crédito fiscal para efectos tributarios).
  3. La serie es alfanumérica de cuatro dígitos comenzando con la letra F.
  4. La numeración es correlativa, comienza en 1 y es independiente a la numeración de la factura física.
  5. Se emite a favor del adquiriente que cuente con RUC, salvo en el caso de las facturas electrónicas emitidas a sujetos no domiciliados por las operaciones de exportación.
  6. No se puede utilizar para sustentar el traslado de bienes.
  7. La autenticidad de los documentos electrónicos emitidos desde los sistemas del contribuyente se puede consultar en el portal web de la SUNAT.

Certificado Digital

El modelo peruano de Factura Electrónica incluye el uso del Certificado Digital, herramienta tecnológica que permite la integridad, seguridad y el no repudio de las transacciones electrónicas.

El Certificado Digital es utilizado para firmar digitalmente los comprobantes de pago electrónicos (facturas, boletas de venta y notas de crédito y débito) así como los resúmenes diarios y las comunicaciones de baja.

De esta forma, el contribuyente, al firmar digitalmente los comprobantes de pago y demás documentos electrónicos, no puede desconocer posteriormente la autoría de dichos documentos, generando con ello una seguridad en la transacción comercial.

La SUNAT requiere para el uso del certificado digital es que éste cuente con la siguiente información:

  1. Nombres y apellidos, denominación o razón social
  2. De ser persona natural, adicionalmente debe contener el número del documento de identidad. Si es persona jurídica, debe contener el RUC de la empresa.
  3. c)Contar con un nivel de seguridad medio

Adicionalmente, la empresa a la cual se adquiera los certificados debe cerciorarse que efectivamente sea asignado al contribuyente o representante legal de la empresa